MANEJO DE PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES
Recordatorio: las recetas achivadas comunes y oficiales deben guardarse por el término de 2 años. Previamente a su destrucción se deberá solicitar autorización a Inspección de Farmacia, en el momento de la inspección.
Listado vigente de psicotrópicos >
Listado vigente de estupefacientes >
PSICOTRÓPICOS (Ley Nacional 19303)
Psicotrópicos | Adquisición | Dispensa | Asiento en Libros | Remisión de movimientos mensual a Insp. de Fcia |
Cantidad máxima a dispensar |
LISTA I | Prohibida su fabricación, expendio y uso | ||||
LISTA II | Vale Oficial | Receta Oficial blanca o verde de 3 cuerpos | Libro Recetario y Libro Contralor de Psicotrópicos | Movimiento Mensual |
Para 20 días de tratamiento |
LISTA III | Vale Oficial | Receta Oficial a color Archivada | Libro Recetario | ||
LISTA IV | Factura por separado | Receta Común Archivada | Libro Recetario |
ESTUPEFACIENTES (Ley Nacional 17818)
Estupefacientes |
Adquisición |
Dispensa |
Asiento en Libros |
Remisión de movimiento mensual a Insp. de Fcia |
Cantidad máxima a dispensar |
LISTA I | Vale Oficial | Receta Oficial blanca o verde de 3 cuerpos | Libro Recetario y Libro Contralor de Estupefaciente | Movimiento Mensual | Para 10 días de tratamiento |
LISTA II | Vale Oficial | Receta Oficial blanca o verde de 3 cuerpos | Libro Recetario y Libro Contralor de Estupefaciente | Movimiento Mensual | Para 10 días de tratamiento |
LISTA III | Vale Oficial | Receta Oficial a color Archivada | Libro Recetario y Libro Contralor de Estupefaciente | Para 10 días de tratamiento | |
LISTA IV | Prohibida su fabricación, expendio y uso |
Receta on line psicotropicos (Santa Fe)
DOCUMENTACIÓN
- Planilla de movimientos mensuales
- Nota para la compra de vales de Psicotrópicos y Estupefacientes
- Modelo de carta de solicitud de autorización para la dispensa de Clozapina
LEGISLACIÓN
- Ley de Psicotrópicos (Ley Nacional N°19303/71).
- Ley de Estupefacientes (Ley Nacional N° 17818/68).
- Decreto Reglamentario Nº4589/71 (correpondiente a la Ley Nº19303/71).
- Decreto Nº722/91 Estupefacientes comprendidos en art. 77 del código penal.
- Receta de color para Listas III (Resolución Ministerio de Salud Provincia de Santa Fe N°1436/2012).
- Listado vigente de psicotrópicos y estupefacientes.
RECETA PARA LISTA III DE PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES
RECETA VETERINARIA DE PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES
PRESCRIPCIÓN DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS ODONTÓLOGOS – Ley 13859. (03/03/2022)
Los Colegios de Farmacéuticos y Odontólogos de la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción se reunieron para definir los últimos detalles de las normativas para implementar la Ley Provincial Nº 13859, que permite prescribir medicamentos psicotrópicos y estupefacientes incluidos en la lista III de la Ley 17.818 y lista IV de la Ley 19.303, mediante receta manuscrita fechada y firmada por el profesional odontólogo.
Prescripción psicofármacos lista IV: Las disposiciones consensuadas establecen que para la prescripción de la lista IV el profesional odontólogo debe confeccionar una receta por duplicado, indicando nombre y apellido del paciente, número de documento de identidad, edad, luego el medicamento prescripto (monodroga y nombre comercial sugerido si fuera necesario) con dosis y cantidad, y el diagnóstico, debe ser firmada, sellada y fechada. En el caso que el paciente tenga un recetario proforma de la obra social, deberá extender un duplicado en recetario propio del profesional para que sea realizada la entrega del medicamento en cualquier Farmacia.
El listado y sus actualizaciones se puede consultar en:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-19303-20966/normas-modifican
http://www.anmat.gov.ar/webanmat/legislacion/medicamentos/ley19303.pdf
Prescripción psicofármacos lista III: Se inician los trámites ante Dirección Provincial de Farmacia, Dirección Provincial de Odontología, para solicitar acompañen el pedido de impresión ante la Imprenta Oficial Provincial, generando un nuevo formulario oficial, específico para odontología, para prescribir con receta conforme a la Ley 17.818. Se informará cuando estén disponibles en sede del Colegio de Odontólogos los formularios.
También en la reunión se tomó conocimiento de los avances en cuanto a la implementación de sistemas de receta digital, con clave de seguridad token, se continuará informando en cada Colegio.