Destrucción de residuos peligrosos (no patológicos)

Los residuos peligrosos son los desechos de medicamentos y productos farmacéuticos para la salud humana.

Se deberán traer los residuos dispuestos de la siguiente manera:

  • Bolsa Negra de mayor gramaje (tipo consorcio),
  • Etiquetada con el nombre del generador y cantidad de Kilogramos de peso total.
  • Listado de los residuos que se van a incinerar (imprimir planilla que se encuentra al final de esta página):
    • Nombre del producto comercial y genérico.
    • Cantidad de unidades de cada uno.
    • Lote y vencimiento en su envase secundario.

El contenido de la bolsa será supervisado por el Farmacéutico a cargo contra listado recibido. De no coincidir, se separará y se devolverán los residuos que no consten en el listado, como así también los psicotrópicos y estupefacientes de listas que necesiten tratamiento especial.

El trámite estará concluido para el día siguiente. Devuelta la bolsa a la administración se sellará con sello de entrada, el duplicado de la lista (SIEMPRE luego de la supervisión del contenido de la bolsa).

Se abona por peso, si el mismo es menor al kilogramo se cobrará como piso el mínimo. La tarifa será actualizada periódicamente por Tesorería.

Se emitirá el recibo correspondiente (documento para las farmacias valido ante IGF hasta que se emita el certificado según listado de IDM)

Procedimientos especiales:

  • Psicotrópicos de listas II y III, Estupefacientes de lista II: deben venir acompañados de fotocopia del acta de IGF o asiento de IGF en el libro recetario, donde se ordena su destrucción y están descriptos su tipo y cantidad
  • Drogas puras: deben venir acompañados de fotocopia del acta de IGF, donde se ordena su destrucción y están descriptos su tipo y cantidad
  • Agujas vencidas (NO UTILIZADAS) / VACUNAS PRELLENADAS: deben venir detalladas en la planilla separada de los otros residuos peligrosos que envíen , deben colocarse dentro de un recipiente de plástico o caja de cartón rotulada, apartada de los demás residuos si hubiera.

Costo (a partir del 01/01/24):

  • FARMACIAS: $ 1.280 el kilogramo.
  • FARMACIAS MUTUALES, LABORATORIOS Y DROGUERÍAS: $ 3.026 el kilogramo.

Si el peso es menor al kilogramo se cobrará el mínimo. Estos precios pueden estar sujetos a cambios determinado por la empresa proveedora del servicio.

Recuerde traer la planilla con el listado de medicamentos vencidos firmada y sellada:

Descargar planilla >